Considerar:
Nadie puede hacer el bien en un espacio de su vida, mientras hace daño en otro. La vida es un todo indivisible.
Reglamentos
CAPÍTULO TERCEROCAPÍTULO TERCERO
Protección del Arbolado sito en Zonas Verdes y Viarios del Término Municipal
Artículo 12. Actuaciones prohibidas con relación a los árboles sitos en lugares públicos objeto de la presente Ordenanza.
Artículo 13. Derribo, tala, trasplante, sustitución, poda, reducciones de copa y desmoche de árboles públicos.
Número 224 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 22 de noviembre de 2013
El derecho de propiedad de las instalaciones, construcciones y edificaciones, comprende, entre otros, el deber de conservarlos en las condiciones legales para servir de soporte a dicho uso y, en todo caso, en las de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato legalmente exigibles; así como realizar los trabajos de mejora y rehabilitación hasta donde alcance el deber legal de conservación.
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