Considerar:

La educación es lo que queda una vez que olvidamos todo lo que aprendimos en la escuela.

Albert Einstein (1879-1955) físico, de origen alemán

Terrazas del Rodeo

Madrid

El gobierno ha reformado rápidamente la plusvalía de las propiedades que entra en vigor ya el 10 de noviembre después de que el Tribunal Constitucional el 26 de octubre lo declarara inconstitucional la parte anterior de la ley.

La norma mejora garantiza que los contribuyentes que no obtengan una ganancia por la venta de un inmueble estarán exentos de pagar el impuesto.

Se establecen dos opciones para determinar la cuota tributaria y se aplicará la más beneficiosa para el contribuyente. El impuesto será:

  1. El resultado de multiplicar el valor catastral por nuevos coeficientes
  2. O la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta

Los Ayuntamientos tendrán competencia para rebajar el valor catastral o los coeficientes, lo que también contribuirá a que el impuesto refleje en todo momento la realidad del mercado inmobiliario.

Los coeficientes los establecen los Ayuntamientos y dependen del número de años transcurridos desde la adquisición de la propiedad, pero estos coeficientes que se establezcan no pueden superar los que se indican a continuación:

Periodo de generaciónCoeficiente
Inferior a 1 año 0,14
1 año 0,13
2 años 0,15
3 años 0,16
4 años 0,17
5 años 0,17
6 años 0,16
7 años 0,12
8 años 0,10
9 años 0,09
10 años 0,08
11 años 0,08
12 años 0,08
13 años 0,08
14 años 0,10
15 años 0,12
16 años 0,16
17 años 0,20
18 años 0,26
19 años 0,36
Igual o superior a 20 años 0,45

 

Fuentes:

Legislación:

Ratio: 5 / 5

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