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¡Triste época es la nuestra! Es más fácil desintegrar un átomo que un prejuicio.

Albert Einstein (1879-1955) físico, de origen alemán

Terrazas del Rodeo

Granada / Madrid

Los tribunales han rechazado la solicitud realizada por la Junta de Andalucía de limitar el acceso a los locales de ocio nocturno solo a aquellos con Certificados COVID de la UE válidos.

La Junta de Andalucía ha solicitado la ratificación judicial de la medida contenida en la Orden de 5 de agosto de 2021 de la Consejería de Salud y Familias, consistente en limitar el acceso al interior de bares de copas y discotecas a aquellas personas que puedan demostrar que están en posesión de un Certificado Digital COVID de la UE válido.

La Tribunal Superior de Justicia de Andalucía declinó la solicitud del 6 de agosto (1543/2021).

La Junta de Andalucía apeló la decisión de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ante el Tribunal Supremo el 11 de agosto.

Incluso el Tribunal Supremo declinó el 18 de agosto la solicitud de la Junta de Andalucía (5899/2021).

El juzgado no consideró adecuadas ni proporcionadas las medidas solicitadas por la Junta de Andalucía para la consecución de la finalidad pretendida.

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